Agrupa las misiones destinadas a prevenir y disuadir del uso de la fuerza militar contra el país o a rechazar agresiones y actos hostiles contra la población, la soberanía y la integridad territorial, los recursos y bienes nacionales, y los intereses nacionales. Tratándose de la población, también considera la protección, rescate y evacuación de compatriotas que enfrenten situaciones de peligro en el extranjero (Ley 19.067, modificada por la Ley 20.297, Art. 15).

Contempla todas las operaciones militares consideradas en la planificación de la Defensa Nacional, así como el entrenamiento y el soporte administrativo y logístico directo para tales efectos.

Agrupa las misiones a ejecutar en el ámbito internacional asumidos por el país conforme al interés nacional. Abarca un espectro amplio de misiones, incluyendo las de contribución a la preservación de la paz mundial y la seguridad internacional, así como las de desminado humanitario y ayuda humanitaria. Asimismo, considera la cooperación ante catástrofes en otros países, las medidas de construcción de confianza mutua y otras contribuciones a la política exterior.

Contempla las misiones que se realizan como contribución a la gestión del riesgo que realiza el Estado para enfrentar catástrofes naturales o antrópicas. Abarca la colaboración a la prevención de las mismas, a la reducción o neutralización de sus efectos inmediatos cuando se producen y a la recuperación de la infraestructura y servicios afectados por su ocurrencia.

Agrupa las misiones destinadas al empleo de las Fuerzas Armadas en apoyo a la comunidad y a otros organismos del Estado para atender necesidades sociales; requerimientos derivados de políticas públicas; el desarrollo del país en el ámbito científico y tecnológico para la obtención de sus propias capacidades; la preservación del medioambiente; la integración de zonas fronterizas e insulares y la elaboración de elementos cartográficos nacionales.

Concentra las misiones que las instituciones de las Fuerzas Armadas ejecutan para controlar el tráfico marítimo y aéreo, y las actividades aéreas y en el mar, además de hacer prevención y control de ilícitos en el territorio marítimo y el espacio aéreo nacional. También considera las misiones que apoyan a las Fuerzas de Orden Público en relación con las tareas que estas tienen asignadas por ley en zonas fronterizas. Igualmente, incluye la responsabilidad de salvaguardar la vida humana en el mar y ante accidentes aéreos, considerando las acciones de búsqueda y rescate en las áreas territoriales entregadas al control de Chile por convenios internacionales.

Asimismo, incluye las misiones de mantenimiento y consolidación de la presencia nacional en la Antártica, y de orden público que la legislación nacional vigente asigna a las instituciones de las Fuerzas Armadas en los estados de excepción constitucional (particularmente los de Emergencia y de Catástrofe) y durante actos eleccionarios.